Estimados clientes y amigos:
El Código Fiscal de la Ciudad de México (“CFCDMX”) regula, entre otros impuestos, el impuesto predial, el cual, a lo largo de los años ha sufrido diversas reformas para otorgar reducciones a los contribuyentes propietarios del suelo y construcciones en la Ciudad de México.
En este sentido, en materia de áreas verdes, el CFCDMX otorga reducciones del 10% hasta el 25% del total del predial a pagar, siempre y cuando se realice la naturación del techo de la vivienda o se tengan en el inmueble árboles adultos vivos o áreas verdes no arboladas en su superficie, requisitos con los cuales cumplen muchas de las viviendas de la Ciudad de México.
Es importante señalar que el CFCDMX prevé diversas reducciones de hasta el 80% sobre el monto total de dicho impuesto, aunado a la posibilidad de acumular distintos tipos de reducciones, dependiendo el caso en particular, además de reducciones por otros conceptos como derechos por suministro de agua.
El pago de este impuesto debe ser cubierto principalmente de manera bimestral durante los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre; pero la legislación fiscal permite realizar el pago de manera anticipada, con la finalidad de que el contribuyente sea acreedor a mayores reducciones.
Conforme a las reducciones mencionadas en los párrafos anteriores, si resides en un departamento o casa dentro de la Ciudad de México, en K&G podemos llevar a cabo un análisis legal de los requisitos y trámites ante las autoridades administrativas para asegurar que, como contribuyente, accedas a las reducciones relacionadas con áreas verdes.
En caso de cualquier duda o asesoría que se requiera en relación con el presente asunto, nuestro equipo de expertos está a su disposición en los siguientes correos:
Paul Kavanagh: paul@k-g.com.mx
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