El pasado 29 de noviembre del año fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, un decreto (“Decree”) que tiene por objeto reformar: (i) el artículo 251 de la Ley del Seguro Social; (ii) el artículo 146 de la Ley Federal del Trabajo; y (iii) adicionar el artículo 59 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Dicha reforma tendrá como finalidad que los trabajadores (i.e. freelancers, emprendedores, profesionistas, entre otros) que se hayan dado de alta voluntariamente en el régimen obligatorio ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (“IMSS”), puedan acceder a los beneficios otorgados por dicho Instituto, así como del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (“INFONAVIT”), y los relativos de los Sistemas del Ahorro para el Retiro (“SAR”).
La reforma a dichas disposiciones legales contemplan lo siguiente:
- El IMSS estará facultado para realizar el cálculo correspondiente a las aportaciones de vivienda sobre el ingreso reportado.
- El trabajador podrá realizar aportaciones al INFONAVIT para poder acceder a créditos baratos y suficientes por parte de dicho Instituto.
- El trabajador podrá realizar aportaciones a la subcuenta de vivienda de la cuenta individual del SAR.
Finalmente, de conformidad con el Transitorio de dicho Decreto, éste entrará en vigor el primero de enero de 2024.